lunes, 11 de marzo de 2013

PEÓN CAMINERO / GUARDA RURAL DE CARRETERAS


Arriba izquierda placa ovalada en chapa estampada con el emblema de los peones camineros y la leyenda "PEÓN CAPATAZ" Enganche trasero con patillas. Tamaño 8x5.5 cm +-. Peso 11,2 g.
Arriba derecha placa ovalada en chapa estampada con el emblema de los peones camineros y la leyenda "PEÓN CAMINERO" Enganche trasero con patillas. Tamaño 8x5.5 cm +-. Peso 10,2 g.
Abajo izquierda placa estampada en latón, en el centro las letras "OP" (Obras publicas) orlada por la leyenda "GUARDA RURAL DE CARRETERAS" . Tamaño 58,45x77,24 Grosor 2.90 Peso 29 g.
Abajo centro Insignia tipo escarapela Guarda Rural de Carreteras de tela con los colores nacionales y en centro las letras metálicas doradas "OP" (Obras publicas) y un pico y una maza cruzados. Tamaño 55 mm. diámetro. Peso 5,2 g.
Abajo derecha emblema en chapa estampada en centro las letras metálicas doradas "PC" (PEÓN CAMINERO) y un pico y una maza cruzados y abajo una cartela con la leyenda "CAPATAZ" , enganche trasero por tres patillas par fijar en la gorra de plato. Tamaño 40x40 mm. Peso 5 g.


Boina de obras publicas con la escarapela Guarda Rural de Carreteras , "Neptuno" de la casa TELLO SL  de Zaragoza suministradora al ejercito , usada en los años 60 del pasado Siglo XX en el norte de España , aunque en el reglamento de 1909 se describe como prenda de cabeza el sombrero de ala ancha de fieltro blanco, en ocasiones se adecuaba el uniforme a la climatología y costumbres de la zona.

HISTORIA

grabado Uniformes para el Cuerpo de 
Ingenieros de Caminos Canales y Puertos 1842
Este cuerpo de funcionarios del estado se tiene noticia que fue creado  por el Rey Fernando VI en 1759 entre sus funciones según un instrucción oficial estaban la vigilancia y mantenimiento del camino.
Es en 1842 cuando aparece su primer reglamento en el cual además de las labores de conservación del camino se dice en su Art. 25
"Por la real instrucción de 25 de Julio de 1790 tiene además la cualidad de Guarda Jurado, para ejecutar y cumplir con arreglo a las leyes lo dispuesto en las ordenanzas y reglamentos de policía y conservación de las carreteras " .
Luego en el siguiente Art. 26 relaciona todas las obligaciones del Peón Caminero entra las que se destaca en su parte 3ª "Prevenir los daños que ocasionen los transeúntes en el camino, advirtiendo lo dispuesto en las ordenanzas de policía, y denunciar a los que maliciosamente contravengan a ellas" y en la parte 6ª del citado Art. se cita "Cuidar de la herramientas , materiales, armas, prendas de vestuario y demás efectos del servicio que existan en su poder o dentro de la legua de su cargo, procurando su buen uso y conservación."  por lo que ve en este párrafo tiene entre su dotación armas , cosa que queda suficientemente clara en el Art. 27 "El peón caminero llevara siempre el uniforme y distintivos que le estén señalados y cuando recorra su legua lo hará armado de carabina." y en el Art. 36 hace referencia a sus funciones de policía "El Peón Caminero que hallare en el camino alguna persona sospechosa deberá exigirle el pasaporte, y de no tenerle la conducirá al pueblo de su jurisdicción o las casas de Postas o Posadas publicas mas inmediatas, dando parte al alcalde para que se haga cargo de la persona detenida , y recogiendo recibo de dicha autoridad para comprobante de su celo. Lo mismo hará con la persona o personas que encontrase delinquiendo."  
en los siguientes Artículos se menciona entre otras cuestionen que los distintivos de Peón son una chapa en el sombrero y los botones del uniforme , y que como jefes superiores en la jerarquía tenían a la capataces e ingenieros que eran los que les daban las ordenes y directrices a seguir , como funcionarios tenían algunas exenciones como por ejemplo la de ser reclutados, por el contrario estaban sometidos a férreas normas entre las que no podía abandonar la legua sin permiso a no ser el ir a trabajar a otra o prestar auxilio a otros peones en cuestiones de policía frente a malhechores por eso tenían que residir en ella al pie del camino en las famosas casetas de camineros puntos de control y ayuda de la red de caminos ya además estaban obligados a prestar ayuda y auxiliar a los usuarios del camino. 
En 1909 bajo el reinado de Alfonso XIII mediante una real orden es revisado el Reglamento para ponerlo de acuerdo con el Real decreto de policía de carreteras, recientemente aprobado.

1910 CUADRILLA POSA JUNTO A UNA APISONADORA A VAPOR
A LA DERECHA CON GORRA DE PLATO EL PEÓN CAPATAZ
Se establece en su Art 1º 

"Para ser nombrado en propiedad peón caminero se necesita contar, á los menos, veinte años de edad y no pasar de treinta y cinco; ser licenciado del Ejército; no tener impedimento alguno personal para el trabajo, y acreditar buena conducta con certificación del Jefe á cuyas órdenes haya servido, ó del Alcalde del pueblo de su residencia; saber leer, escribir y contar.
En el caso de que el Ministerio de la Guerra no hiciera propuesta, ó mientras la formule, podrán ser nombrados peones camineros los trabajadores y peones auxiliares físicamente útiles en certificación facultativa, de buena conducta y que no excedan de cuarenta años.
La certificación de buena conducta, para estos casos, podrán darla los Gobernadores, los Alcaldes, los Jefes de trabajo en talleres, industrias y propiedad sujeta á tribulación".
por lo que se entiende que el Peón debían ser una persona sin tacha e instruido en un tiempo en el que el analfabetismo en España era muy grande ,por lo que la frase "tienes cosas de Peón Caminero " utilizada despectivamente para indicar la poca inteligencia del aludido no tiene fundamento y es fruto de la envidia .
En el Art. 19º se insiste en sus funciones de policía:
" El peón caminero es el encargado de vigilar el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre policía de las carreteras. Por la Real instrucción de 23 de Julio de 1790, tiene el caminero la calidad de guarda jurado para perseguir y denunciar á los contraventores de las citadas disposiciones.."
En el Art. 24 se dice:
CAPATAZ  PABLO  GONZALEZ
1923
"El peón caminero llevará siempre el uniforme y distintivo que le están señalados". no hace mención a la carabina como en el reglamento de 1842 por lo que puede que se perdiera su uso obligatorio, aunque sigue teniendo las mismas obligaciones de policía que en reglamento anterior y que son reiterados en los siguientes artículos:
Art. 35. El peón caminero que halle en el camino alguna persona sospechosa le exigirá la cédula personal, y si no la tiene, la conducirá al pueblo de su jurisdicción á disposición del Alcalde ó al puesto más inmediato de Guardia civil, para que se haga cargo de ella, recogiendo recibo como comprobante de su celo. Lo mismo hará con la persona ó personas que encuentre delinquiendo.
Art. 36. Cuando aparezcan malhechores en las inmediaciones de su trozo, el peón caminero lo advertirá á los transeúntes y pasará aviso á los peones contiguos para que le presten auxilio si fuere necesario, y también al Alcalde del pueblo inmediato, dándole noticias del número y dirección que lleven, ó poniéndolo en conocimiento de la Guardia civil.
y se les dota de carácter de agente de la autoridad mediante juramento del cargo como queda reflejado en el articulo nº 39:

"Los peones camineros y capataces, al instalarse por primera vez en sus respectivos trozos ó secciones, se presentarán con sus nombramientos á los Alcaldes de los pueblos cuya jurisdicción atraviesen aquéllos, á fin de que les reciban juramento y quede anotado su título en los registros municipales."

AL IGUAL QUE EN OTROS CUERPOS DE FUNCIONARIOS
DE SUELDOS ESCASOS LOS PEONES EN NAVIDADES
PEDÍAN EL AGUINALDO A LOS VECINOS
 

Y en los Artículos 40 y 41 se describe su uniforme:
Art. 40. El equipo-uniforme de los peones capataces y camineros constará: de pantalón y chaqueta de paño pardo, con el cuello, vueltas, solapas y vivos de color Carmesí; botín de cuero, ante ó paño negro; chaleco de paño azul claro; sombrero redondo, de fieltro blanco, con funda de hule para los días lluviosos, en el que llevarán la escarapela nacional al costado, y una chapa de metal en el frente con el número de los kilómetros y la leyenda Peón caminero; los botones serán de metal amarillo, con la misma leyenda. En verano podrán reemplazar estas prendas por otras análogas de lienzo crudo; para el trabajo usarán un mandil corto de cuero, dividido en dos pedazos, cuyos extremos se atarán con correas por debajo de la rodilla. Tendrán también un jalón indicador, de 1,40 metros de altura, con el regatón de hierro y una tablilla apaisada en el extremo superior, de 26 centímetros de ancho y 13 de alto, con la numeración de kilómetros. 
Art. 41. El peón capataz se distinguirá con un galón en ángulo con vértice hacia arriba, que llevará en la parte superior de la manga izquierda de la chaqueta de uniforme.
1952 CUADRILLA TRABAJANDO EN UNA CUNETA
LOS TRES DEL SOMBRERO CON ESCARAPELA SON
PEONES CAMINEROS LOS OTROS AUXILIARES CONTRATADOS
 
En los siguientes artículos se relacionan los deberes e incompatibilidades de los peones y capataces con una disciplina férrea , para acabar en el articulo 60 se ve la dependencia de este cuerpo de funcionarios del ministerio de la Guerra .
Art. 60.Toda vacante que ocurra será comunicada inmediatamente por el Ingeniero Jefe á la Dirección general de Obras públicas, la cual es la única encargada de transmitirla al Ministerio de la Guerra.
En 1915 se emite una real orden haciendo hincapié en la buena conducta del aspirante a Peón.

"C) no haber sido condenado a penas aflictivas, ni expulsado de plazas de Guarda Jurado, Guardia Municipal y otro cuerpos del estado.


D) observar buena conducta según certificado de la alcaldía donde este avecindado"

En 1935 una Real orden hace referencia a su carácter de Policía Judicial y como deben de actuar como auxiliares de la Guardia Civil.
En 1936 se redacta un nuevo reglamento en que se vuelve a insistir en la formación necesaria para acceder a Peón "leer escribir y las cuatro reglas aritméticas"
en el articulo 20 de dicho reglamento se insiste "serán considerados Guardas Rurales y tendrán por consiguiente el carácter de Agente de la Autoridad".
Por lo demás no difiere mucho en sus artículos de los reglamentos anteriores.
En 1959 se hace la ultima convocatoria para cubrir plazas en este cuerpo ,los Peones seguirían en sus puestos hasta que fuesen jubilados y algunos recolocados en otros puestos de la administración al hacerse cargo del mantenimiento de carreteras empresas privadas. 

CUADRILLA DE FORTANETE DURANTE UN DESCANSO , AÑOS 60 DEL SIGLO XX
SE LES PUEDE VER LA BOINA CON ESCARAPELA DE ESTA ENTRADA
 
La información para la siguiente entrada ha sido extraída principalmente del BOE
http://www.boe.es/buscar/gazeta.php




     

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