viernes, 14 de junio de 2019

ORDEN MERITO NAVAL CRUZ 2ª CLASE DISTINTIVO BLANCO 1970-76


Cruz latina de oro, esmaltada de blanco, y sobre ella un ancla; en el brazo superior, un pequeño rectángulo de oro para grabar en él la fecha de concesión; y timbrada de una corona real de oro. La cinta bicolor rojo y gualda. Peso 23,4 g, Tamaño 59x35 Mm. 4 Mm de grosor.

HISTORIA

DIADEMA  REAL 1º MODELO DE CRUZ
En 1816 se crea la Cruz de Distinción de la Marina o Cruz de Marina de Diadema Real, la hoy llamada Orden Del Merito Naval. 
Existía la moda en el ejército de crear una cruz que conmemora una batalla o acto destacable, la Marina rompió con esta moda al crear el Rey Fernando VII el 2 de febrero de 1816 la Cruz de Distinción de la Marina.
El primer modelo fue una cruz de malta en esmalte blanco para los oficiales y toda en plata para la tropa, con un ancla azul, y en el centro un óvalo rojo con el busto del Rey, en el reverso la leyenda "Al valor de los Marinos". La cinta era rojo-amarillo-rojo, el central de ancho doble que los laterales que era el pabellón usado por la Real Armada en las plazas y fortalezas costeras en 1785. 
A lo largo del siglo cogió gran prestigio dada las pocas que se concedieron por sus exigentes requisitos de concesión. 
Pero fue tras las acciones en la Guerra del Pacifico en 1866 cuando se convirtió en Orden Del Merito Naval como recompensa especial de los servicios prestados por los Generales, Jefes, Oficiales, Guardias marinas y demás integrantes de los distintos cuerpos de la Armada, quedando el diseño actual.



Para ser merecedor de pertenecer a la Orden había que haber realizado el siguiente servicio o acciones:
1º. Las acciones de guerra que se especifican en el reglamento de la cruz de San Fernando, u otras que sin llegar al grado heroico y eminentemente distinguido que se requieren para merecer esta, lo sean sin embargo a juicio del Gobierno, previo informe de la referida Junta.
2º. Las acciones marineras, en el mismo caso.
3º. La redacción de obras originales de reconocida utilidad para cualquiera de los ramos de la Marina.
4º. La economía justificada de gastos en provecho del Erario, comprendiendo a los comandantes que terminen el periodo de mando efectivo del buque que se les hubiere confiado sin que por efecto de su celo haya necesitado obra o reparación de ningún género, ni la necesite al ser relevado, por declaración de los estados de la revista de inspección; y los que, navegando por lo general a la vela, demuestren haber evitado considerable consumo de combustible, no en una navegación, sino en el mismo periodo y obrando dentro de las instrucciones recibidas.
5º. El distinguido desempeño de destinos en tierra, especialmente en los Arsenales, del Profesorado en el Colegio Naval y otras Academias o establecimientos científicos, de comisiones diplomáticas y científicas, y de trabajos no previstos que reporten beneficio al buen nombre y fomento de la Armada y al servicio general del Estado.
CARRERO BLANCO UNO DE LOS ALMIRANTES
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SUCESOR DE FRANCO,ASESINADO POR ETA.
Para los miembros de la Marina mercante, serian estos otros méritos y servicios para la concesión de la cruz:
1º. Los prestados en buques de guerra o establecimientos de la Marina.
2º. El Capitán que con riesgo de su buque auxilie a otro español en varada, naufragio, incendio u otro accidente peligroso de mar.
3º. El que en circunstancias de mar y viento que hagan difícil la operación, salve la vida de náufragos españoles con riesgo de la suya.
4º. El que en puerto español bloqueado por el enemigo, logre introducir auxilio de víveres, pertrechos o correspondencia, y el que en las mismas circunstancias salga del puerto con esta última.
5º. Las acciones marineras especificadas en el reglamento de la Orden de San Fernando, que sin llegar al grado heroico y eminentemente distinguido que se requieren para merecer esa cruz, lo sean sin embargo a juicio del Gobierno, previo informe de la referida Junta.
6º. La redacción de obras originales de reconocida utilidad para cualquiera de los ramos de la Marina.
7º. El descubrimiento y situación de escollos en la mar, la rectificación de los inciertos o dudosos, las observaciones y noticias hidrográficas que reportan beneficio a la navegación.
8º. El celo por la seguridad y rapidez de la correspondencia pública o de oficio, demostrado en el mando del buque correo por tres años consecutivos sin accidente y habiendo hecho cuando menos seis viajes en menor plazo del señalado en el itinerario oficial.
9º. El rendimiento sin accidente de tres viajes [en] dos días más breve del plazo señalado, verificados en cualquier tiempo.
En 1869 se crean las cruces con distintivo rojo en 1870 con cruces bicolores, en 1931 cuando entro la república se cambio la corona Alfonsina por la republicana, y cuando acabo la guerra la que nos ocupa hasta que cambia en 1976 ya en democracia.

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