domingo, 7 de mayo de 2023

AGENTE JUSTICIA MUNICIPAL


Placa metálica plateada trafagada. En el centro en dorado, los símbolos de la justicia, la balanza y la espada, entre ramas de laurel. Orlado por la leyenda: "JUSTICIA MUNICIPAL AGENTE" , coronado todo por una corona abierta. Enganche trasero por aguja.  Tamaño 64x50 Mm. Peso  43 g. 

HISTORIA

La figura del Agente de Justicia Municipal esta regulado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El ingreso en el Cuerpo de Agentes se efectuaba mediante pruebas selectivas, que se convocaban por el Ministerio de Justicia. Las pruebas eran una de carácter teórico, y otra de carácter práctico sobre procedimiento judicial. Tenían carácter de agentes de la autoridad cuando actuasen como Policía Judicial, bajo la dependencia del Juez, Tribunal o jefe del organismo. Los Agentes Judiciales deben mantener el orden público en las salas de justicia: "guardar y hacer guardar sala", ejecutar los embargos, lanzamientos, realizar actos de comunicación no encomendados a otros funcionarios, actuar como Policía Judicial con rango de agentes de la autoridad, realizar funciones de vigilancia, custodia, porteo y otras análogas relacionadas con su función como las de vigilancia ordinaria de entrada y salida de personas en el órgano judicial, apertura y cierre de las distintas dependencias, y labores administrativas como recepción y distribución de la correspondencia, reparto de documentos, autos, expedientes y demás funciones de conserjería como uso de fotocopiadoras y traslado de pequeño mobiliario y maquinaria.
Fueron varias las leyes que lo regularon desde su creación pero durante el franquismo le regulo la Ley de 20 de diciembre de 1952 modificada en 1966 y 1969.

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