Medalla metálica circular 4 cm. de diámetro, fondo negro
esmaltado en el que vienen once luceros que representan a José Antonio y dos
escuadras de escolta, laureada cinta roja con dos bandas amarillas en los
laterales en el centro bordado el yugo y las flechas, por detrás lleva grabado el numero de
expediente el nombre condecorado y el año de ingreso.
Estas medallas fueron Fabricadas por la Casa "Viuda e Hijos de Juan B. Feu" sita en la calle Mesón de Paredes de Madrid.
Tamaño 43x37mm. Grosor 3 mm . Peso 24.4 gr.
Estas medallas fueron Fabricadas por la Casa "Viuda e Hijos de Juan B. Feu" sita en la calle Mesón de Paredes de Madrid.
Tamaño 43x37mm. Grosor 3 mm . Peso 24.4 gr.
MEDALLA
El 10 de marzo de 1942 en el boletín del movimiento numero 139
se publica el decreto creando la medalla de la Vieja Guardia para militantes
del F.E.T. y de las J.O.N.S. esta medalla se instaura a signo de distinción
para los primeros afiliados "siendo la Vanguardia del movimiento nacional"
como consecuencia podía ser impuesta a familiares de los militantes caídos en
acto de servicio esta medalla será igual a la anterior pero con cinta negra.
El 12 de marzo de se crea la Junta Central de Recompensas quedando excluidas las delegaciones de la sección femenina y del Frente de Juventudes que tendrán una propia .
Para poder ostentar la medalla no basta solo la concesión de la misma tendría que ser impuesta en ceremonia de entrega ante "la juventud formada" si en seis meses el beneficiario no compareciera a dicha imposición seria caducada.
Para poder ostentar la medalla no basta solo la concesión de la misma tendría que ser impuesta en ceremonia de entrega ante "la juventud formada" si en seis meses el beneficiario no compareciera a dicha imposición seria caducada.
El uso de la medalla será obligatoria sobre el uniforme del partido y se colocara encima del emblema de la falange, de paisano solo podrá usarse el botón expresivo de la Medalla.
El 12 de julio de 1943 por Orden ministerial se autoriza el uso en el uniforme militar previa solicitud al ministerio y sujeta a las limitaciones del reglamento de uniformidad.
El 12 de julio de 1943 por Orden ministerial se autoriza el uso en el uniforme militar previa solicitud al ministerio y sujeta a las limitaciones del reglamento de uniformidad.
El titular de la misma adquirirá el especial tratamiento de "Camarada de la vieja Guardia".
Si el beneficiario fuera expulsado del partido o cause baja voluntaria será retirada la medalla por el presidente de la junta central de recompensas que procederá a su anulación.
También podrá ser suspendido su uso si el beneficiario le hubieran impuesto una sanción disciplinaria por el tiempo que durase esta.
El derecho a solicitar la medalla prescribirá el 18 de julio de 1943.
Esta medalla tenía un coste de 25 pesetas que tenia que abonar el beneficiario.
La primera de estas medallas fue impuesta simbólicamente el 18 de julio de 1942 al fundador de la Falange José Antonio en un acto en que asistió Franco en Madrid en el colegio de La Paloma.
ARTICULADO
Art. 1-.se crea la medalla de la Vieja Guardia para todos
aquellos militantes que con antigüedad anterior al 16 de febrero de 1936
pertenecieron a alguno de los partidos en los partidos unificados por decreto
del 19 de abril de 1937,
Art. 2- Esta medalla era concedida por el Secretario General
de Movimiento a propuesta de la junta central de recompensas, y mediante
expediente de comprobación realizado por las juntas provinciales del movimiento
a través de las delegaciones de la vieja guardia.
Art. 3- La concesión de cada medalla será publicada en el
boletín del movimiento, así como su perdida en caso de sanción grave.
Art. 4- Los afiliados que antes del movimientos ostentaron
jerarquías en alguno de los partidos unificados ,podrán llevar sobre la cinta
de la medalla, colocado a manera de pasador del emblema que hoy se usa para
caracterizar a dicha jerarquía. Los que pertenecieron a primera línea, llevaran
el ángulo de plata, y los que ocuparon varios cargos, llevaran el símbolo del más
elevado.
Art. 5- la medalla ira grabada por una sola cara que servirá
de frente, dejando la otra para ser grabada el nombre y los apellidos del
concesionario, el numero de carnet que acredite su calidad de vieja guardia y
el año de filiación al partido.
Art. 6- El empleo
indebido de esta condecoración será sancionado como falta muy grave.
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