viernes, 24 de enero de 2020

MONTEPIO NACIONAL SERVICIO DOMESTICO


Medalla circular en el anverso un sol naciente sobre el mar arriba la leyenda " MINISTERIO DE TRABAJO INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN". En el reverso en el centro la leyenda "AFILIADO DE HONOR". y orlado por otra leyenda "MONTEPIO NACIONAL DEL SERVICIO DOMESTICO". La cinta con los colores nacionales. El prendedor lleva la Leyenda " HOMENAJE NACIONAL". Se entregaban en una caja roja símil piel con un cierre tipo "monedero". Peso 40.3 g. Tamaño. 36.5 Mm de diámetro, 5 Mm de grosor. 


HISTORIA 

Jose Antonio Giron
En las casas antiguas españolas al servicio se le denominaba "la Familia". La mayoría de las sirvientas se quedaban solteras y en la vejez eran atendidas hasta su muerte en la misma casa por sirvientas jóvenes que constituían las nuevas generaciones. 
Pero esto quedaba a la generosidad de las familias. Al ser el único grupo de trabajadores que no gozaban de seguros ni de protección estatal alguna. Por lo que en 1944 en un circulo de la sección femenina impulsado por su delegada nacional Pilar Primo de Rivera. Llamado " Seguridad social del servicio domestico sus problemas y soluciones", se trato por primera vez este tema en España.
MADRID 1967
Poco mas tarde el ministro de Trabajo Jose Antonio Giron redacto un proyecto de ley donde quedaba regulado este sector. El 17 de Marzo de 1959 quedo creado el MONTEPIO NACIONAL SERVICIO DOMESTICO mediante un decreto del gobierno. El 25 de Septiembre de ese mismo año se publica en el BOE la ley que lo regula. Quedando integrado dentro del régimen Especial de la seguridad social mediante esta ley, amparando a todo trabajador de ambos sexos que se dedique a los cuidados domésticos en uno o varios domicilios particulares. Y reciban un sueldo por ello, quedan excluidos de este régimen "El cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes del cabeza de familia. Por consanguinidad o afinidad, hasta el tercer grado, Inclusive. Los prohijados o acogidos de hecho o de derecho. Las personas que presten servicios amistosos, benévolos o de buena voluntad". 
Todos estos trabajadores es obligatoria su afiliación a la seguridad Social a través de la Mutualidad Nacional de Empleados de Hogar, ante el Instituto Nacional de Previsión. El cabeza de familia "dará cuenta de las bajas, altas y demás variaciones Que puedan producirse con posterioridad". Para lo cual llevara un cuaderno de registro en el que anotaran los pagos de las cuotas a la seguridad social a las que están obligados. Si el empleado trabajara para varios cabezas de familia (distintos domicilios) seria el encargado del pago de las cuotas a la SS. 
Con esta ley se le quedo reconocido al trabajador domestico el derecho a cobrar por baja laboral o accidente, maternidad pensión por Vejez o invalidez. 
Con Motivo de la festividad de la Sagrada Familia se realizaba un acto de homenaje al servicio domestico. En el Instituto Nacional de Previsión una personalidad destacada hacia entrega de medallas y diplomas en conocimiento al personal domestico más veterano que incluía un premio en metálico.


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