Ley de 26 de diciembre de 1958 (DO. núm.2 de 1959)
recompensando la constancia de los suboficiales y asimilados de los cuerpos
militares, en el servicio, estableciéndose tres categorías que se señalan
respectivamente 20, 25 y 30 años de actividad.
Por el nuevo reglamento de la cruz a la constancia en el
servicio aprobado por R.D. de 10 de enero de 1986 (BOE. núm.27) en su título I,
Art. 2º. , contempla que la cruz será pensionada desde el primer momento de su
concesión a los veinte años de servicio.
2 comentarios:
Pero quien la tenga , se la puede poner en el uniforme o ya no vale al ser suprimida teniéndola concedida
se tendrá que poner el modelo actual esta esta derogada
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